Consulta pública de la tramitación de las bases de subvenciones económicas para facilitar el acceso y/o por gastos de la vivienda a personas residentes a Rubí
Bases de subvenciones gastos de vivienda
Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Procesos normativos
El acceso a la vivienda es una de las principales preocupaciones de la ciudadanía. Los años de desregulación de este mercado han significado que los precios de este bien de primera necesidad se hayan incrementado por encima de la capacidad adquisitiva de la mayoría de la población. El Plan Local de Vivienda de Rubí 2021-2027 (PLH) señala la necesidad de prevenir y atender las necesidades de vivienda usando los recursos disponibles; entre otros, las ayudas para hacer frente a los gastos de la vivienda. Con las bases de subvención para facilitar el acceso y/o para gastos de la vivienda se pretende ayudar a aquellas personas y colectivos con una capacidad económica limitada a hacer frente a los gastos básicos de la vivienda y al primer acceso a la vivienda de personas jóvenes y familias monoparentales con menores a cargo, dos colectivos identificados por el PLH como población con dificultad necesitada de apoyo para garantizar el derecho a la vivienda.
Ante la necesidad de aprobar unas bases reguladoras de subvenciones en materia de vivienda que tengan vocación de permanencia y que respeten las previsiones tanto del PLAN LOCAL De VIVIENDA de Rubí 2021-2027, como del Plan Estratégico de Subvenciones, el día 13 de mayo de 2021 se aprobó mediante Decreto de Alcaldía número 2389/2021, la designación de la Comisión de Estudio que redactará el anteproyecto de las bases de subvención y se encargó a las personas designadas que constituyeran la comisión de estudio y elaboraran el anteproyecto de subvención para facilitar el acceso y/o para gastos de la vivienda a personas residentes en el municipio de Rubí.
El mismo decreto resolvió publicar en el portal web del Ayuntamiento una Consulta Pública durante el plazo de 10 días hábiles.
De acuerdo con aquello establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la redacción definitiva de las bases reguladoras de las subvenciones en materia de habitgateg, se lleva a cabo una consulta pública, a través del portal web del Ayuntamiento de Rubí, con la voluntad de recoger la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por las futuras bases y sobre:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
b) La necesidad y oportunidad de la convocatoria
c) Los objetivos de las subvenciones
d) Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras
Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:
El acceso a la vivienda es una de las principales preocupaciones de la ciudadanía. Los años de desregulación de este mercado han significado que los precios de este bien de primera necesidad se hayan incrementado por encima de la capacidad adquisitiva de la mayoría de la población
El Plan Local de Vivienda de Rubí 2021-2027 (PLH) señala la necesidad de prevenir y atender las necesidades de vivienda usando los recursos disponibles; entre otros, las ayudas para hacer frente a los gastos de la vivienda.
Con las bases de subvención para facilitar el acceso y/o para gastos de la vivienda se pretende ayudar a aquellas personas y colectivos con una capacidad económica limitada a hacer frente a los gastos básicas de la vivienda y al primer acceso a la vivienda de personas jóvenes y familias monoparentales con menores a cargo, dos colectivos identificados por el PLH como población con dificultad necesitada de apoyo para garantizar el derecho a la vivienda.
Necesidad y oportunidad de la convocatoria de subvenciones.
Desde el año 2005, el Ayuntamiento de Rubí, mediante la Oficina de Gestión de Ingresos ha impulsado convocatorias de subvención del IBI a personas con escasa capacidad económica.
Ante las dudas jurídicas y la posibilidad que las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Rubí para hacer frente al pago del IBI puedan ser constitutivas de fraude de ley para contemplar una bonificación encubierta no amparada en norma con rango de ley (arte. 31, 133 de la CE, 9 TRLRHL y 8 LGT), se ha decidido modificar esta subvención y reconducirla en una línea de subvenciones para gastos de la vivienda, gestionadas por el Servicio de vivienda.
Esta línea de subvenciones da cumplimiento al punto 11.º del Plan Anual Normativo del Ayuntamiento de Rubí y a las líneas estratégicas 2.1.1 y 2.2 del Plan Local de Vivienda de Rubí.
Los objetivos de las subvenciones
Las bases de subvención pretenden regular la distribución del presupuesto municipal destinado a subvenciones para gastos básicos de la vivienda a personas residentes en Rubí con una limitada capacidad económica.
Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
La ciudadanía de Rubí dispone de varias líneas de ayudas relacionadas con la vivienda.
Por un lado, la Oficina Local de Vivienda (OLH) gestiona las ayudas al pago de los recibos de alquiler que convoca anualmente la Agencia de la Vivienda de Cataluña (AHC).
Por otro lado, Servicios Sociales dispone de un reglamento que regula la concesión de ayudas sociales a personas y unidades familiares para atender determinadas situaciones de necesidad en que se encuentran las personas que no disponen de recursos económicos suficientes para afrontarlas y no están en condiciones de conseguirlos o recibirlos de otras fuentes, así como para atender situaciones de necesidades puntuales, urgentes y básicas de subsistencia.
Las subvenciones para gastos de la vivienda se dirigen a gastos y colectivos que quedan fuera del ámbito de estas ayudas y que, como ya se ha señalado, el PLH identifica como población con dificultad necesitada de apoyo para garantizar el derecho a la vivienda.
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