Ruegos y Preguntas al Pleno del Ayuntamiento de Rubí de julio de 2021
#precsipreguntes Ruegos y preguntas presentados por la ciudadanía al Pleno del Ayuntamiento de Rubí
Reductores de velocidad
Aceptadas
Los reductores de velocidad. según normativa aplicable, no debe de colocarse en pendientes de más de 5%. ¿porqué el Ayuntamiento tiene una elevación de calzada con ese objetivo con una pendiente de más del 5% en la Av Castellbisbal a la altura del nº 53?
En instancia de 3 de febreo del 2020 con referencia 2020002195 se solicita el cumplimiento reglamentario de la normativa y el Ayuntamiento no ha respondido en sentido alguno a la solicitud de su retirada.
En instancia de 3 de febreo del 2020 con referencia 2020002195 se solicita el cumplimiento reglamentario de la normativa y el Ayuntamiento no ha respondido en sentido alguno a la solicitud de su retirada.
Esta propuesta ha sido aceptada porque:
En algunas calles de Rubí se instalaron reductores de velocidad antes de la entrada en vigor de la normativa actual (FOM/3053/2008), como por ejemplo, la calle Madrid. En la Avenida Catellbisbal, a la altura del n.º 53 es el mismo caso. Aun así, se estudiará la idoneitat y possibiltat de adecuar los elementos viarios en esta zona.
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